La Municipalidad de La Plata lanzará el "Plan de Regularización de Establecimientos Platenses", una iniciativa que pretende reducir los riesgos para la seguridad pública, posibilitar el acceso a políticas y programas y brindar información precisa para la planificación productiva de la ciudad.
Desde el municipio remarcaron que, de acuerdo al último relevamiento, la cifra de comercios en falta supera los 32.000. Ya que son más de 5.000 establecimientos que tienen su habilitación vencida y otros 27.000 poseen un alta sin haber iniciado el expediente correspondiente.
Todos ellos deberán reempadronarse para evitar multas, sanciones y que el Municipio garantizar las condiciones de higiene y seguridad necesarias y exigibles para desarrollar la actividad.
Qué comercios requieren habilitación
Según detallaron desde el municipio, se trata de comercios dedicados a la venta directa de productos en escala minorista y/o mayorista; los del rubro sanitario, salud o atención animal; los vinculados a lo social y deportivo, como gimnasios, piscinas y canchas; y al entretenimiento, como cines y teatros.
También integran el listado hoteles, Centros de Atención de Primera Infancia (CADI), locales de reparaciones en general, locales de mantenimiento, reparación y atención del automotor y alquiler de vehículos, lavaderos de autos, playas de estacionamiento, tintorerías, lavaderos de ropa, cerrajerías, peluquerías, farmacias, oficinas y agencias de viajes y turismo.
Finalmente, podrán reempadronarse inmobiliarias, prestadores de servicios bancarios o financieros, bares, confiterías, restaurantes, salones y casas de fiestas, salas de juegos, discotecas, casas velatorias, estaciones de servicio, mudadoras e industrias productivas, entre otros locales.
Cómo se inicia el trámite
Para iniciar el trámite de regularización podrán hacerlo de manera online completa o solicitar el turno en https://turnos.laplata.gob.ar/misdatos y acudiendo el día y en el horario elegido al Piso 1 del Centro Administrativo Gubernamental Torre I de Plaza Moreno sito en calle 12 esquina 51.
En todos los casos, deberá presentarse el titular del establecimiento con DNI o el apoderado con el poder correspondiente y en el caso las personas jurídicas, exhibir el Estatuto o Contrato Social debidamente certificado y con el folio de inscripción del Ministerio de Justicia.
Además, será necesario presentar el Libre Deuda un Libre deuda Deudores Alimentarios Morosos (DAM) solicitado en https://rdam.mjus.gba.gob.ar/ y acreditar el derecho al uso del inmueble. También exigirán presentar la constancia de AFIP y el certificado de domicilio de Ingresos brutos de ARBA (se puede solicitar en http://www.arba.gov.ar)
También forman parte de la documentación para el trámite el Libre deuda de las Tasas Tributarias Municipales (Seguridad e Higiene, Publicidad y Propaganda, en el caso que corresponda); y el original y una copia del plano de obra civil, aprobado, registrado o visado para comercio, autenticado y actualizado por la Dirección de Obras Particulares. A su vez, deberá presentarse el informe técnico de bomberos o el Certificado Profesional de Seguridad Antisiniestral (CERPROSA).